En Argentina, la Ley 26.588 declaró de interés nacional la atención de la celiaquía. Fue modificada por la Ley 27.196 y reglamentada por el Decreto 218/2023.

Cobertura de obras sociales y prepagas

Las obras sociales y las empresas de medicina prepaga deben cubrir la detección, el diagnóstico, el seguimiento y el tratamiento de la celiaquía, incluyendo una cobertura mensual para la compra de harinas y premezclas libres de gluten. El monto se calcula según la canasta básica y se actualiza periódicamente: consultá el valor vigente en tu obra social o prepaga y pedilo por escrito si no te lo informan.

Menú sin gluten

La reglamentación establece que bares y restaurantes deben ofrecer opciones sin gluten elaboradas con las condiciones necesarias para que sean seguras, y también alcanza a comedores escolares y otros ámbitos. Si un local no cumple, podés hacer el reclamo ante el área de bromatología o defensa del consumidor de tu municipio.

Rotulado

Los alimentos libres de gluten deben llevar la leyenda «sin gluten» y el logo oficial, y estar registrados como tales. Los medicamentos deben indicar si contienen gluten.

Dónde consultar

  • Tu obra social o prepaga, para la cobertura.
  • ANMAT Responde: 0800-333-1234, para productos.
  • Asociaciones de celíacos de tu provincia, para orientación.

Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento legal. La normativa puede actualizarse.

Dejá tu comentario